NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL
INFRACCIONES.
MUY GRAVES:
MULTA DE 6.000 €
PERDIDA DE 6 PUNTOS
• Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de sistemas de detección de radar
MULTA DE 500 €
PERDIDA DE 6 PUNTOS
• Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro aire espirado) superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y conductores noveles.
• Negativa a someterse a test de alcoholemia o drogas
• Conducir bajo los efectos de drogas o estupefacientes
• Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales
• Exceder en más del 50% de los tiempos de conducción o minorar en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre
• Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad
PERDIDA DE 4 PUNTOS
• Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro aire espirado) superior a 0,25 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y conductores noveles)
• Conducir careciendo de la autorización administrativa correspondiente
SIN PERDIDA DE PUNTOS
• Circular con un vehículo que carezca de la autorización administrativa correspondiente
• Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial
GRAVES:
MULTA DE 200 €
PERDIDA DE 4 PUNTOS
• No respetar la prioridad de paso, las señales de stop y ceda el paso, y los semáforos en rojo
• Realizar adelantamientos indebidos o que pongan en peligro o entorpezcan a los ciclistas
• Circular marcha atrás en autopista o autovía
• No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación
• Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación
• No respetar la distancia de seguridad
PERDIDA DE 3 PUNTOS
• Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas
• Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos, auriculares y otros dispositivos que disminuyan la atención.
• No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.
SIN PERDIDA DE PUNTOS
• Parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento reservadas a personas con discapacidad, túneles, pasos de inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso
• Circular sin el alumbrado reglamentario
• Circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas.
• Ocupación excesiva del vehículo, que suponga superar en un 50% el número de plazas autorizadas, excluyendo al conductor.
• Conducir con una autorización no válida
• Circular con un vehículo cuyo permiso de circulación está suspendido
LEVES
MULTA HASTA 100 €
• En general todas las que no estén calificadas como graves o muy graves
• En particular, no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo previsto en esta Ley
Fuente: DGT
Público: www.traficoayuda.es